martes, 17 de marzo de 2009

EMPLEO PUBLICO - BASES CONVOCATORIA SOCORRISTAS Y MONITORES NATACION 2009

Pincha aquí si quieres descargarte estas bases en formato PDF

Pincha aquí si quieres descargarte la Solicitud

BASES PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL MEDIANTE CONCURSO DE TRES SOCORRISTAS ACUATICOS PARA LAS PISCINAS MUNICIPALES DE SOCOVOS Y TAZONA-LOS OLMOS Y DOS MONITORES DE NATACIÓN PARA LOS CURSOS A DESARROLLAR POR LA U.P. Y DESIGNACION DE LISTA DE ESPERA.-

1. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la selección para la contratación laboral de las siguientes plazas:
Número: TRES (3) – Puesto: Socorristas acuáticos para las Piscinas Municipales de Socovos y de Tazona-Los Olmos. (SOCORRISTAS)
Número: DOS (2) - Monitores de Natación para los cursos a convocar y desarrollar por la Universidad Popular de Socovos. (MONITORES).

Igualmente se designará una lista de espera para futuras contrataciones.
2. Funciones.
2.1. Socorristas

2.1.1. Garantizar de forma directa y personal, la seguridad de los usuarios y bañistas, durante el tiempo que permanezcan en el vaso de la piscina.
2.1.2. Advertir de forma directa y personal, de los peligros que puedan correr, una vez en el vaso de la piscina.
2.1.3. Presentar de forma directa y personal, los primeros auxilios a las personas y bañistas que, encontrándose en el vaso de la piscina, lo requieran.
2.1.4. Controlar el acceso a la zona de baño de los bañistas autorizados, en la forma que por los servicios municipales se le indiquen, no permitiendo la estancia de aquellos usuarios que no dispongan de su entrada o abono correspondiente.
2.2. Monitores.
2.2.1. Impartir los cursos de natación promovidos por la Universidad Popular de Socovos para la temporada 2.009.
3. Tipo de contrato.
3.1. Socorristas.
Laboral, para obra o servicio determinado, a tiempo total, entre el 27 de Junio y el 6 de Septiembre de 2.009. Total 72 días, de las cuales 66 corresponderán a trabajo efectivo y 6 por período de vacaciones devengadas y no disfrutadas, que estarán comprendidos entre el 1 y 6 de Septiembre.

3.2. Monitores de Natación.

Laboral, de duración determina, por obra o servicio determinado a tiempo parcial, comprendiendo el período de contratación el que corresponda con la celebración de los cursos convocados.
4. Salario.
4.1. Socorristas.
43,00€ Euros diarios brutos.

4.2. Monitores de Natación.
9,77 € Euros/hora de prestación brutos.
5. Jornada laboral.
Abarcará el horario de apertura de la piscina al público para el baño.
Se establecerá un cuadro de turno inicial que determinará la distribución diaria de trabajo de cada socorrista, así como el que librará.
Dicho turno puede cambiarse por acuerdo entre los contratados, siempre que se garantice la realización del servicio y, caso de no ser así, el responsable será el que tenga asignado el turno en el cuadrante.

6. Presentación de solicitudes.

Los aspirantes presentarán su solicitud en el Registro General del Ayuntamiento en plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el B.O.P. en horario de 9 a 14 horas, acompañando la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados. La solicitud se realizará en modelo de instancia municipal.

Las presentes bases se exponen igualmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para que puedan ser consultadas o copiadas por quien lo desee.
7. Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la presente convocatoria las personas que reúnan las siguientes condiciones:
Para ambas convocatorias:
a. Nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
b. Igualmente podrán participar quien no siendo español ni nacional de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentre en España en situación de legalidad, siendo titular de un documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
c. Haber cumplido 16 años.
d. No haber cumplido 65 años, ni cumplirlos durante el período de contratación.
e. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
f. No haber sido separado del servicio de la Administración del Estado, de la Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g. Cualesquiera otros que están previstos en el artículo 56 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público o cumplimiento de las previsiones establecidas en el artículo 57 respecto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

Para Socorristas Acuáticos:

h. Estar en posesión del título de Socorrista Acuático, debidamente actualizado o renovado.

Para Monitores de Natación:

i. Título de Monitor de Natación oficialmente reconocido, o Título de Formación Profesional Grado Superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
7. Criterios de selección.

Para la selección de los aspirantes será de aplicación el baremo que figura seguidamente:

7.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia laboral justificada con contratos o certificados de empresa, de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, hasta un máximo de 7 puntos:
Ø Por cada mes de servicio en plazas de socorrista directamente contratado/a por la Administración Pública, 0,50 puntos, con un máximo de 3 puntos.
Ø Por cada mes de servicio en plazas de socorrista en piscinas de la Administración Pública, no contratados directamente por la Administración Pública, 0,30 puntos, con un máximo de 2 puntos.
Ø Por cada por mes de servicio en plazas de socorrista fuera de la Administración pública, 0,20 con un máximo de 2 puntos.
Se valorará la experiencia en ambos supuestos cuando sean meses completos, en ningún caso, se valorarán períodos de tiempo inferiores.
Podrán acumularse contratos de una misma Administración o Empresa y de una misma especialidad para la suma total de meses y aplicar baremo por su total.
La justificación será la siguiente:
— Certificación de la Administración Pública correspondiente en el que se haga constar el tiempo de servicios prestados y denominación de la plaza.
— Certificado de la empresa en el que se haga constar el tiempo de servicio, determinado en meses completos y denominación del puesto de trabajo, con el sello identificativos de la empresa.
— Contratos de trabajo junto con Certificado de Empresa o Vida Laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social para justificar el tiempo de servicios prestados.
En caso de empate en la fase de concurso se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995.

7.2. Formación:

Se valorará de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, con un máximo de 3puntos.
Ø Titulo de Formación Profesional Grado Superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas, 1 punto.
Ø Cursos desde 20 a 50 horas, relacionados con el contenido de la plaza: 0,1 puntos.
Ø Cursos entre 51 a 100 horas, relacionados con el contenido de la plaza: 0,2 puntos.
Ø Cursos entre 101 hasta 150 horas relacionados con el contenido de la plaza: 0,3 puntos.
Ø Cursos de más de 151 horas relacionados con el contenido de la plaza: 0,5 puntos.
§ En ningún caso podrán valorarse cursillos de duración inferior a 20 horas.
§ La acreditación de dichos cursos deberá estar en castellano o traducida por la propia institución organizadora de la formación.
§ La justificación del apartado de formación será mediante copia del título o diploma, y en caso de cursos, certificado de la realización del mismo, con indicación de la materia impartida y del número de horas de duración. En caso de haber impartido cursos como profesor, mediante certificado de la Institución Organizadora con la materia y el número de horas impartidas.
§ Todos los documentos presentados para el concurso deberán ser originales o fotocopias debidamente compulsadas.
8. Acreditación de méritos y documentación.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse fehacientemente, mediante certificados expedidos por los Organismos o Centros correspondientes, o mediante documento original o fotocopia debidamente compulsada.
La documentación justificativa de los requisitos de la base séptima se concretará de la siguiente forma:
- Para los apartados a), b), c) y d), fotocopia compulsada del D.N.I, o pasaporte.
- Para el apartado e), Certificado Médico, que se entregará si resulta propuesto/a para ser contratado/a.
- Para el apartado f), Declaración Jurada (que incorpora el propio impreso de solicitud)
- Para los apartados g), h), Fotocopia compulsada del Título correspondiente.
9. Organo de selección.

La Comisión de selección se integrará de la siguiente forma:
· Un funcionario docente, nombrado por la Alcaldía.
· Un funcionario de administración local, con titulación igual o superior a la exigida para la/s plaza/s que se convoca/n, y que será prioritariamente del Ayuntamiento de Socovos
- De ambos será nombrado un suplente.
· Dos representantes sindicales, que serán los mismos que forman parte de la Comisión de Selección de los Planes de Empleo, que actuarán en calidad de observadores del proceso.
Secretario: El de la Corporación o miembro en quien delegue.
La Comisión se reunirá dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que termine el plazo de presentación de solicitudes, la cual elaborará la propuesta de contratación en base a las solicitudes y documentación aportada a la Alcaldía, quien resolverá definitivamente.

10. Presentación de documentos y nombramiento.
Los/as aspirantes que tras el proceso selectivo hayan resultado propuestos/as por la Comisión para ser contratados/as, deberán manifestar por escrito en el plazo de CINCO días hábiles, su intención de aceptar la contratación y presentar el Certificado Médico indicado en el apartado e) de la base 7ª. La no presentación de dicha documentación y escrito de aceptación en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Socovos, en el plazo indicado, significará la renuncia a la contratación.
Aquellos/as aspirantes que no hayan cumplido, por razones atribuibles a su voluntad, un mínimo de dos meses como socorristas de este municipio, deberán superar un período de prueba de quince días, a partir de la entrada en vigor del contrato, conforme al art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

Socovos, 16 de Marzo de 2.009

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Antonio Rubio Navarro.