viernes, 27 de noviembre de 2009

BASES CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO VARIOS PUESTOS LABORALES

RESOLUCIÓN, de Alcaldía de fecha 10 de Noviembre de 2.009, por la que se convoca la CREACION de una BOLSA DE TRABAJO mediante sistema de concurso para varios puestos de trabajo de carácter laboral de este Ayuntamiento:


Ante la necesidad de mantener un adecuado funcionamiento de los diversos servicios municipales ocupados por personal laboral, de tal forma que las ausencias del personal titular por razón de licencias, permisos, vacaciones, además de necesidad puntual por acumulación de tareas, y al objeto de cumplir con las normativa reguladora de la cobertura de puestos de trabajo en la función pública, hacen necesaria la constitución de una bolsa de trabajo que permita la urgente contratación de personal de forma temporal, que cubra dichas ausencias y de esta forma el servicio pueda segur su normal funcionamiento.



A la vista de lo expuesto anteriormente, esta Alcaldía en virtud de las competencias atribuidas por el la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local , ha resuelto convocar la constitución de la Bolsa de Trabajo para la selección de personal temporal que se indica, con sujeción a las siguientes



BASES:



1.- Objeto de la convocatoria



El objeto de la presente convocatoria es regular la constitución y funcionamiento de una Bolsa de Trabajo de carácter abierta y permanente, que permita la contratación como personal laboral temporal y como sustitución del personal que ocupa las mismas , por razón de necesidad puntual, ausencia, licencias, permisos y vacaciones, para los siguientes puestos de trabajo:



1.1.1. Auxiliar de Biblioteca, cuyas funciones serán las de sustituir en caso de permiso, licencia o vacaciones al personal responsable de la Biblioteca Municipal y Sala de Lectura de Tazona, bajo la supervisión e instrucciones del Bibliotecario.

1.1.2. Profesor Academia de Música, cuyas funciones serán las de sustituir en caso de permiso, licencia o vacaciones al Profesor de la Escuela Municipal de Música.

1.1.3. Técnico Auxiliar del Centro de Atención a la Infancia, cuyas funciones serán las de las de sustituir en caso de permiso, licencia o vacaciones a los Técnicos Auxiliares del Centro de Atención a la Infancia.

1.1.4. Monitores de Talleres de Infancia en el municipio, cuyas funciones serán las de programación, planificación, gestión y desarrollo de programas dirigidos a la infancia en el municipio, diferentes a los propios del Centro de Atención a la Infancia y las funciones que tiene encomendadas serán las establecidas en cada momento en el programa y en Proyecto que servirá de base para las mismas.

1.1.5. Ampliación de bolsa de trabajo de Socorristas, cuyas funciones serán las mismas que aparecen en las bases publicadas en el BOP 41 del 6/04/2009 y que pasará a complementar la resultante del proceso de dichas bases aprobadas por Resolución de Alcaldía el 16/03/2009.

1.1.6. Ampliación de bolsa de trabajo de Monitores de Natación, cuyas funciones serán las mismas que aparecen en las bases publicadas en el BOP 41 del 6/04/2009 y que pasará a complementar la resultante del proceso de dichas bases aprobadas por Resolución de Alcaldía el 16/03/2009.



1.2. La presente convocatoria se regirá por estas Bases y por la normativa en vigor.

1.3. Esta convocatoria se publicará en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento de Socovos, en todas sus dependencias, en la página Web del AYUNTAMIENTO (http://www.socovos.es), y podrá recabarse información general respecto de la misma en la Secretaría del Ayuntamiento de Socovos, Plaza de la Villa, 7 -02435- SOCOVOS (Albacete) – .

También llamando al teléfono 967420001 -. Esta información adicional tendrá un valor orientativo y no será vinculante para la Administración del Ayuntamiento de Socovos generará derechos para sus destinatarios.



2.- Requisitos de los aspirantes.



2.1.- Los solicitantes de inscripción en la Bolsa de Trabajo, deberán reunir los requisitos que se indican a continuación:

a) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.

b) Estar en posesión del título que para cada plaza se indica en la tabla del anexo I o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

d) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

f) En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo a), no encontrarse inhabilitado por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.



2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y durante la vigencia de la Bolsa de Trabajo en cuestión.



3.- Solicitudes y Documentación.



3.1.- Los interesados en formar parte de la Bolsa de Trabajo presentarán la solicitud de inscripción según el modelo que figura como Anexo III a la presente convocatoria y que será facilitado en el Ayuntamiento de Socovos. Igualmente, podrán utilizar el modelo insertado, en formato PDF, en la página web del Ayuntamiento de Socovos ( http://www.socovos.es) en el apartado impresos municipales.



Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento e irán acompañadas del impreso de Autobaremación recogido en el Anexo IV de esta convocatoria y de la documentación acreditativa de los méritos alegados a que se refiere la base 3.3.

3.2.-La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ayuntamiento de Socovos, o conforme a lo señalado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 287, de 27 de noviembre de 1992), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero de 1999).

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.



3.3.- Junto con la solicitud se deberá acompañar original o fotocopia compulsada de:

- DNI, NIE o Pasaporte del solicitante.

- Título Académico requerido o, en su defecto, documento acreditativo de estar en condiciones de que le sea expedido a la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

- Impreso de Autobaremación.

- Documentos acreditativos de los méritos alegados. En el caso de méritos de empresas privadas se requiere aportar Certificado de Vida Laboral. Los títulos y méritos aportados que hayan sido expedidos en idiomas distintos de los oficiales del Estado español, deben venir convenientemente traducidos por organismo oficial competente.



3.4.- Autobaremación. Los aspirantes deberán proceder a la Autobaremación de sus méritos cumplimentando al efecto el impreso de Autobaremación, conforme al baremo establecido para cada cada una de las plazas y que figura en los anexos I, II, III, de esta Convocatoria. Esta Autobaremación será comprobada por los servicios administrativos del Ayuntamiento con carácter previo a la contratación.



Los méritos a valorar serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.



3.5.- El domicilio, número de teléfono, número de fax o dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de la localización del interesado para posibles contrataciones, siendo responsabilidad exclusiva del solicitante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio en los mismos.



La consignación de datos falsos en la solicitud, en el Autobaremo o en la documentación acreditativa de los méritos se sancionará con la exclusión de la Bolsa de Trabajo, sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa en la que pueda incurrir.



3.8.- En la constitución inicial de la Bolsa de Trabajo, el plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DIAS a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOP.



En lo sucesivo, el plazo de presentación de solicitudes de nuevo ingreso se mantendrá abierto de forma permanente.



Para la actualización de méritos de los ya inscritos en Bolsa, se abrirá un plazo anual, desde el 1 de Septiembre al 31 de Diciembre, para presentar la documentación acreditativa de los nuevos meritos.



En ambos casos la fecha hasta la cual se computarán los méritos será hasta el 30 de Septiembre de cada año.



Excepcionalmente, y para la constitución inicial de la Bolsa de Trabajo, la fecha hasta la cual se computarán los méritos será hasta el 30 de Septiembre de 2009.



Con las modificaciones producidas por los nuevos ingresos y por la actualización de méritos, se actualizará anualmente la Bolsa de Trabajo por el Ayuntamiento de Socovos, publicándose su resultado en los lugares previstos en la base 1.3 de esta convocatoria, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para efectuar reclamaciones.



El Ayuntamiento de Socovos elevará a definitiva la actualización de la Bolsa de Trabajo, una vez resueltas las reclamaciones.



El inicio de la vigencia de la Bolsa de Trabajo actualizada será determinado por la Alcaldía de Socovos.



4.- Bolsa de Trabajo Provisional.



4.1.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y comprobada la Autobaremación de los aspirantes, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista provisional de la Bolsa de Trabajo. Dicha Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en los de sus dependencias y en la página Web del Ayuntamiento (http://www.socovos.es).



4.2.- Plazo de reclamaciones.

Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la Resolución referida en el apartado anterior, para efectuar las reclamaciones respecto de la exclusión, puntuación o número de orden asignado.



5.- Bolsa de Trabajo Definitiva.



Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Alcaldía, previo informe de la Comisión Local de Selección, dictará Resolución declarando aprobada la Bolsa de Trabajo, expresión de la puntuación de los admitidos y las causas de exclusión de los no admitidos, excepto en la puntuación otorgada a aquellos aspirantes a los cuales no se les ha comprobado la Autobaremación, para quienes será definitiva según se vaya comprobando su Autobaremación y se proceda conforme a lo regulado anteriormente. Dicha relación se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento (http://www.socovos.es).



6.- Norma final.



Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, realizada conforme a lo dispuesto en la base número 1.3.



Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Socovos en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Interpuesto el recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.


En Socovos, a 9 de Noviembre de 2009

Publicada en el BOP nº 137 de 25/11/2009

Enlace al impreso de solicitud en formato PDF

En lace al impreso de autobaremación en formato PDF

martes, 17 de noviembre de 2009

RESULTADO PROCESO SELECTIVO PLAZA OPERARIO DE SERVICIOS MULTIPLES

El Tribunal Calificador del proceso selectivo de la convocatoria de UNA plaza de OPERARIO DE SERVICIOS MULTIPLES ha comunicado que el resultado de dicho proceso es el siguiente:


Primero.- Proponer para su contratación por haber obtenido la mayor puntuación al aspirante FUCAR, con últimas tres cifras DNI. 193N.

Segundo.- Proponer incluir en la bolsa de contratación y en el orden que se indica a los siguientes aspirantes:

SAESR, con últimas tres cifras DNI. 038P

SAGAM, con últimas tres cifras DNI. 063Y

Lo que se informa para general conocimiento.

Socovos, 17 de Noviembre de 2009

sábado, 31 de octubre de 2009

Por Resolución de Alcaldía de 20/10/2009, en cumplimiento de las bases de la convocatoria para la contratación de una plaza de OPERARIO DE SERVICIOS MULTIPLES, han sido aprobadas las listas de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador y la fijación de fecha y horario del inicio del proceso selectivo, cuyo contenido es el siguiente:
LISTA DE ADMITIDOS
SAESR 038P
FUCAR 193N
SAGAM 063Y
LOUBA 574X
LISTA DE EXCLUIDO
NINGUNO
COMPOSICION DEL TRIBUNAL CALIFICADOR (Conforme a la cláusula 6ª de las Bases de la Convocatoria)
JUAN- PRESIDENTE - Titular - Funcionario de Carrera
ALFONSO- PRESIDENTE - Suplente - Funcionario de Carrera
GONZALEZ- VOCAL Titular - Funcionario de Carrera del Ayuntamiento
RUIZ - VOCAL Suplente- Funcionario de Carrera del Ayuntamiento
MARIA ISABEL - VOCAL -Titular - Funcionario de Carrera Diputación
ISMAEL - VOCAL - Suplente - Funcionario de Carrera Diputación
JUAN FRANCISCO - VOCAL - Titular - Funcionario de Carrera Diputación
DIEGO - VOCAL - Suplente - Funcionario de Carrera Diputación
DOLORES - INVITADA - Representante de U.G.T.
JUAN - INVITADO - Representante de CCOO
ALBERTO - SECRETARIO - Secretario de la Corporación
MARIA ANGELES - SECRETARIA - Suplente -
FECHA, HORA y Lugar de inicio del proceso selectivo:17 de Noviembre de 2009 -10 horas - Casa de la Cultura (Calle Coronel Navarro, 39) -
A la que quedan convocados todos los aspirantes admitidos.Socovos, 21 de Octubre de 2009 -
El Secretario Alberto Monzón de la Torre

Enlace a la publicación del BOP

lunes, 29 de junio de 2009

AMPLIACION BOLSA DE TRABAJO MONITORES DE PROGRAMAS INFANCIA

AMPLIADO EL PLAZO HASTA EL 3 DE JULIO DE 2009


Resolución de Alcaldía por la que se hacen públicas las BASES de la CONVOCATORIA PARA LA AMPLIACION DE LA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE INFANCIA EN EL MUNICIPIO DE SOCOVOS (ALBACETE).
Objeto : Ampliación Bolsa de Trabajo MONITORES DE PROGRAMAS DE INFANCIA EN EL MUNICIPIO DE SOCOVOS.
Retribuciones: Las establecidas en el momento de la contratación, que vienen determinadas por las correspondientes a la Bolsa inicial constituida en Mayo de 2008 más las subidas correspondientes por Presupuestos Generales del Estado.
Requisitos:
1. Ser español o ciudadano de la Unión Europea, mayor de edad.
2. Titulo mínimo F.P. Grado Medio de cualquiera de las siguientes familias:
a. Servicios Socioculturales y a la Comunidad
b. Actividades Físicas y Deportivas.
3. También pueden formar parte la bolsa los que dispongan de cualquiera de los siguientes títulos, aunque no tengan la Titulación de Grado medio especificada en el apartado anterior:
a. Monitor de Actividades Juveniles.
b. Director de Actividades Juveniles.
4. No padecer enfermedad o limitación que sea incompatible con el desempeño de las funciones.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Presentación de solicitudes: Hasta las 14 horas del 30 de Junio de 2009 en el Ayuntamiento de Socovos, Plaza de la Villa, 7, en horario de oficina de 9 a 14 horas o por cualquiera de las formas previstas en el art. 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Documentación a presentar: Instancia acompañando la siguiente documentación:
1. Currículum vitae
2. Fotocopia DNI
3. Fotocopia compulsada de la titulación exigida o Certificación académica que acredite haber realizado los estudios necesarios para obtenerla.
4. Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de la formación específica y experiencia profesional relacionada con las plazas objeto de la bolsada trabajo.
5. Proyecto de actividades correspondiente a un mes de trabajo en horario de Lunes a Viernes, de 10 a 13 horas con niñ@s de 4 a 12 años.
Mas información: En las bases de la convocatoria que se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaría Municipal, publicadas en la Web Municipal http://www.socovos.es/ y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Pueden solicitar copia del mismo por correo electrónico a la dirección socovos@dipualba.es Lugares y página web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria: Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, lugares de costumbre y http://www.socovos.es/
Socovos, 25 de Junio de 2.009
EL ALCALDE: Antonio Rubio Navarro.

martes, 9 de junio de 2009

Resolución de 11 de Mayo de 2009, del Ayuntamiento de Socovos (Albacete), referente a la convocatoria para proveer una plaza laboral.

En el “Boletín Oficial de la Provincia de Albacete”, número 54 de 11 de Mayo de 2009, se publica extracto de las bases por las que se convocan pruebas selectivas para provisión mediante el sistema de concurso-oposición de una plaza de Operario de Servicios Múltiples, vacante en la plantilla laboral.
El Plazo de presentación de solicitudes, para tomar parte en las pruebas selectivas será de VEINTE días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria que resulten preceptivos, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y/o en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, según resulte procedente. Igualmente en Internet en la siguiente dirección: www.socovos.es

Socovos, 11 de Mayo de 2.009
EL ALCALDE

Antonio Rubio Navarro.

Esta referencia ha sido publicada en el BOE de 26/05/2009

Enlace a la descarga del impreso de solicitud

viernes, 15 de mayo de 2009

Propuestas de contratación Monitores de Natación:

ORDEN - APELLIDO - FINAL DNI
1.- GALLARDO ............... 487F
2.- CANO .......................... 754D

LISTA DE ESPERA

1.- FERNANDEZ ............. 187M

Los seleccionados deberán aceptar su contratación hasta el día 20 de Mayo de 2.009.


Socovos, 15 de Mayo de 2.009

SELECCION SOCORRISTAS

La propuesta de contratación de Socorristas para las Piscinas Municipales es la siguiente:

ORDEN APELLIDO FINALDNI
1.- GALLARDO 487F
2.- NAVARRO 992R
3.- NAVARRO 442P

Los seleccionados deberán aceptar la contratación hasta el día 20 de Mayo de 2009.

LISTA DE ESPERA

1.- LOPEZ 845L
2.- CANO 754D
3.- LOPEZ 846C
4.- BETETA 670M
5.- FERNANDEZ 187M

Socovos, 15 de Mayo de 2009

lunes, 11 de mayo de 2009

BASES CONVOCATORIA PLAZA LABORAL

EN EL DOCM NUMERO 84 DE 5/05/2009 Y EN EL BOP NUMERO 54 DE 11/05/2009 SE PUBLICA LA CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE OPERARIO DE SERVICIOS MULTIPLES, VACANTE EN LA PLANTILLA LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO.

EL PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIA SE INICIA CON LA PUBLICACION DE REFERENCIA DE ESTE CONVOCATORIA EN EL B.O.E.

Enlace a las bases integras

jueves, 7 de mayo de 2009

EMPLEO PUBLICO

Habiendo sido publicada referencia del anuncio de la convocatoria de una plaza de operario de servicios multiples en el D.O.C.M. del 5/05/2009, y estando pendiente su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, SE INFORMA que en breve se publicará en esta misma web copia del anuncio del mencionado BOP y enlace para poder descargarse las bases íntegras de la convocatoria.

miércoles, 8 de abril de 2009

BASES CONVOCATORIA PROGRAMA ACCION LOCAL Y AUTONOMICA PARA EL EMPLEO 2009

QUEDAN EXPUESTAS AL PUBLICO LAS MENCIONADAS BASES, APROBADAS POR RESOLUCION DE ALCALDIA DE 7 DE ABRIL DE 2009.

DICHA CONVOCATORIA SE REGIRA POR LA ORDEN DE 8 DE ENERO DE 2009, DE LA CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y TRABAJO POR LA QUE SE CONVOCA LA ACCION LOCAL Y AUTONOMICA PARA EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA EN 2009.

PLAZO DE SOLICITUD: 27 de Abril de 2.009
DOCUMENTACION:
  • FOTOCOPIA COMPULSADA DNI.
  • FOTOCOPIA LIBRO DE FAMILIA (O DOCUMENTO QUE ACREDITE LAS CARGAS FAMILIARES)
  • VIDA LABORAL (Para solicitantes con menos de 90 días en el último año o REQUISITO BASE 7.a) 3º.
  • DOCUMENTACION QUE ACREDITE LAS CIRCUNSTANCIAS O REQUISITOS INDICADOS EN LA SOLICITUD.

    LAS SOLICITUDES DEBERAN PRESENTARSE EN EL REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADAS, EN LAS FORMAS PREVISTAS EN EL ART. 38.4 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE BASES DEL REGIMEN JURIDICO Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN, EN HORARIO DE OFICINA.

    PARA MAS INFORMACION CONSULTAR EL CONTENIDO INTEGRO DE LAS BASES QUE SE FACILITARA EN LA SECRETARIA o EN LA WEB http://www.socovos.es/

    SOCOVOS, 7 de Abril de 2.009
    EL ALCALDE

    Antonio Rubio Navarro

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martes, 17 de marzo de 2009

EMPLEO PUBLICO - BASES CONVOCATORIA SOCORRISTAS Y MONITORES NATACION 2009

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BASES PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL MEDIANTE CONCURSO DE TRES SOCORRISTAS ACUATICOS PARA LAS PISCINAS MUNICIPALES DE SOCOVOS Y TAZONA-LOS OLMOS Y DOS MONITORES DE NATACIÓN PARA LOS CURSOS A DESARROLLAR POR LA U.P. Y DESIGNACION DE LISTA DE ESPERA.-

1. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la selección para la contratación laboral de las siguientes plazas:
Número: TRES (3) – Puesto: Socorristas acuáticos para las Piscinas Municipales de Socovos y de Tazona-Los Olmos. (SOCORRISTAS)
Número: DOS (2) - Monitores de Natación para los cursos a convocar y desarrollar por la Universidad Popular de Socovos. (MONITORES).

Igualmente se designará una lista de espera para futuras contrataciones.
2. Funciones.
2.1. Socorristas

2.1.1. Garantizar de forma directa y personal, la seguridad de los usuarios y bañistas, durante el tiempo que permanezcan en el vaso de la piscina.
2.1.2. Advertir de forma directa y personal, de los peligros que puedan correr, una vez en el vaso de la piscina.
2.1.3. Presentar de forma directa y personal, los primeros auxilios a las personas y bañistas que, encontrándose en el vaso de la piscina, lo requieran.
2.1.4. Controlar el acceso a la zona de baño de los bañistas autorizados, en la forma que por los servicios municipales se le indiquen, no permitiendo la estancia de aquellos usuarios que no dispongan de su entrada o abono correspondiente.
2.2. Monitores.
2.2.1. Impartir los cursos de natación promovidos por la Universidad Popular de Socovos para la temporada 2.009.
3. Tipo de contrato.
3.1. Socorristas.
Laboral, para obra o servicio determinado, a tiempo total, entre el 27 de Junio y el 6 de Septiembre de 2.009. Total 72 días, de las cuales 66 corresponderán a trabajo efectivo y 6 por período de vacaciones devengadas y no disfrutadas, que estarán comprendidos entre el 1 y 6 de Septiembre.

3.2. Monitores de Natación.

Laboral, de duración determina, por obra o servicio determinado a tiempo parcial, comprendiendo el período de contratación el que corresponda con la celebración de los cursos convocados.
4. Salario.
4.1. Socorristas.
43,00€ Euros diarios brutos.

4.2. Monitores de Natación.
9,77 € Euros/hora de prestación brutos.
5. Jornada laboral.
Abarcará el horario de apertura de la piscina al público para el baño.
Se establecerá un cuadro de turno inicial que determinará la distribución diaria de trabajo de cada socorrista, así como el que librará.
Dicho turno puede cambiarse por acuerdo entre los contratados, siempre que se garantice la realización del servicio y, caso de no ser así, el responsable será el que tenga asignado el turno en el cuadrante.

6. Presentación de solicitudes.

Los aspirantes presentarán su solicitud en el Registro General del Ayuntamiento en plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el B.O.P. en horario de 9 a 14 horas, acompañando la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados. La solicitud se realizará en modelo de instancia municipal.

Las presentes bases se exponen igualmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para que puedan ser consultadas o copiadas por quien lo desee.
7. Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la presente convocatoria las personas que reúnan las siguientes condiciones:
Para ambas convocatorias:
a. Nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
b. Igualmente podrán participar quien no siendo español ni nacional de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentre en España en situación de legalidad, siendo titular de un documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
c. Haber cumplido 16 años.
d. No haber cumplido 65 años, ni cumplirlos durante el período de contratación.
e. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
f. No haber sido separado del servicio de la Administración del Estado, de la Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g. Cualesquiera otros que están previstos en el artículo 56 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público o cumplimiento de las previsiones establecidas en el artículo 57 respecto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

Para Socorristas Acuáticos:

h. Estar en posesión del título de Socorrista Acuático, debidamente actualizado o renovado.

Para Monitores de Natación:

i. Título de Monitor de Natación oficialmente reconocido, o Título de Formación Profesional Grado Superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
7. Criterios de selección.

Para la selección de los aspirantes será de aplicación el baremo que figura seguidamente:

7.1. Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia laboral justificada con contratos o certificados de empresa, de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, hasta un máximo de 7 puntos:
Ø Por cada mes de servicio en plazas de socorrista directamente contratado/a por la Administración Pública, 0,50 puntos, con un máximo de 3 puntos.
Ø Por cada mes de servicio en plazas de socorrista en piscinas de la Administración Pública, no contratados directamente por la Administración Pública, 0,30 puntos, con un máximo de 2 puntos.
Ø Por cada por mes de servicio en plazas de socorrista fuera de la Administración pública, 0,20 con un máximo de 2 puntos.
Se valorará la experiencia en ambos supuestos cuando sean meses completos, en ningún caso, se valorarán períodos de tiempo inferiores.
Podrán acumularse contratos de una misma Administración o Empresa y de una misma especialidad para la suma total de meses y aplicar baremo por su total.
La justificación será la siguiente:
— Certificación de la Administración Pública correspondiente en el que se haga constar el tiempo de servicios prestados y denominación de la plaza.
— Certificado de la empresa en el que se haga constar el tiempo de servicio, determinado en meses completos y denominación del puesto de trabajo, con el sello identificativos de la empresa.
— Contratos de trabajo junto con Certificado de Empresa o Vida Laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social para justificar el tiempo de servicios prestados.
En caso de empate en la fase de concurso se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995.

7.2. Formación:

Se valorará de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, con un máximo de 3puntos.
Ø Titulo de Formación Profesional Grado Superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas, 1 punto.
Ø Cursos desde 20 a 50 horas, relacionados con el contenido de la plaza: 0,1 puntos.
Ø Cursos entre 51 a 100 horas, relacionados con el contenido de la plaza: 0,2 puntos.
Ø Cursos entre 101 hasta 150 horas relacionados con el contenido de la plaza: 0,3 puntos.
Ø Cursos de más de 151 horas relacionados con el contenido de la plaza: 0,5 puntos.
§ En ningún caso podrán valorarse cursillos de duración inferior a 20 horas.
§ La acreditación de dichos cursos deberá estar en castellano o traducida por la propia institución organizadora de la formación.
§ La justificación del apartado de formación será mediante copia del título o diploma, y en caso de cursos, certificado de la realización del mismo, con indicación de la materia impartida y del número de horas de duración. En caso de haber impartido cursos como profesor, mediante certificado de la Institución Organizadora con la materia y el número de horas impartidas.
§ Todos los documentos presentados para el concurso deberán ser originales o fotocopias debidamente compulsadas.
8. Acreditación de méritos y documentación.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse fehacientemente, mediante certificados expedidos por los Organismos o Centros correspondientes, o mediante documento original o fotocopia debidamente compulsada.
La documentación justificativa de los requisitos de la base séptima se concretará de la siguiente forma:
- Para los apartados a), b), c) y d), fotocopia compulsada del D.N.I, o pasaporte.
- Para el apartado e), Certificado Médico, que se entregará si resulta propuesto/a para ser contratado/a.
- Para el apartado f), Declaración Jurada (que incorpora el propio impreso de solicitud)
- Para los apartados g), h), Fotocopia compulsada del Título correspondiente.
9. Organo de selección.

La Comisión de selección se integrará de la siguiente forma:
· Un funcionario docente, nombrado por la Alcaldía.
· Un funcionario de administración local, con titulación igual o superior a la exigida para la/s plaza/s que se convoca/n, y que será prioritariamente del Ayuntamiento de Socovos
- De ambos será nombrado un suplente.
· Dos representantes sindicales, que serán los mismos que forman parte de la Comisión de Selección de los Planes de Empleo, que actuarán en calidad de observadores del proceso.
Secretario: El de la Corporación o miembro en quien delegue.
La Comisión se reunirá dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que termine el plazo de presentación de solicitudes, la cual elaborará la propuesta de contratación en base a las solicitudes y documentación aportada a la Alcaldía, quien resolverá definitivamente.

10. Presentación de documentos y nombramiento.
Los/as aspirantes que tras el proceso selectivo hayan resultado propuestos/as por la Comisión para ser contratados/as, deberán manifestar por escrito en el plazo de CINCO días hábiles, su intención de aceptar la contratación y presentar el Certificado Médico indicado en el apartado e) de la base 7ª. La no presentación de dicha documentación y escrito de aceptación en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Socovos, en el plazo indicado, significará la renuncia a la contratación.
Aquellos/as aspirantes que no hayan cumplido, por razones atribuibles a su voluntad, un mínimo de dos meses como socorristas de este municipio, deberán superar un período de prueba de quince días, a partir de la entrada en vigor del contrato, conforme al art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

Socovos, 16 de Marzo de 2.009

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Antonio Rubio Navarro.

jueves, 19 de febrero de 2009

RESULTADO PROCESO SELECTIVO BOLSA TRABAJO SERVICIOS AYUDA A DOMICILIO

Tras las pruebas celebradas para la designación de BOLSA DE TRABAJO o LISTA DE ESPERA de los SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO en el municipio de Socovos, el día 18 de Febrero de 2.009, el Tribunal Calificador ha propuesto a la Presidencia del Consorcio de Servicios Sociales la siguiente LISTA y en el orden que se indica:

ORDEN - INICIALES NOMBRE-FINALDNI- PUNTOS
  1. RELOJ ...... 129Q .... 19,26
  2. GAPIR ...... 546A ..... 16,73
  3. RORUM .... 042D .... 15,73
  4. SAGAM ..... 317D .... 14,48
  5. LOPED...... 485N .... 13,80
  6. JANAC .... 260K.... 13,40
  7. IZMIM .... 607R ... 13,00
Lo que se hace público para general conocimiento.
Socovos, 18 de Febrero de 2009.
EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL
Alberto Monzón de la Torre

viernes, 13 de febrero de 2009

FECHA, HORARIO Y TRIBUNAL PRUEBAS BOLSA TRABAJO SERVICIO AYUDA A DOMICILIO

La Alcaldía ha dictado Decreto de fecha 12 de Febrero de 2009 con el siguiente contenido:
RELACION DE ASPIRANTES ADMITIDOS:

INICIALES APELLIDOS NOMBRE FINAL DNI_NIF
  1. FELOS ............... 410X
  2. GAMAM............. 527S
  3. GAPIR ............... 546A
  4. GAORM ............ 667B
  5. IZMIM ............. 607R
  6. JANAC............... 260K
  7. LOPED.............. 485N
  8. LUMAN............ 156K
  9. RELOJ.............. 129Q
  10. RORUM .......... 042D
  11. SAGAM .......... 317D

EXCLUIDOS:

NINGUNO

TRIBUNAL CALIFICADOR:

TITULAR: TRABAJADORA SOCIAL DEL CONSORCIO

SUPLENTE: TRABAJADOR SOCIAL DEL CONSORCIO

TITULAR: TRABAJADOR SOCIAL DE LA DELEGACION

SUPLENTE: TRABAJADOR SOCIAL DE LA DELEGACION

TITULAR: FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS

SUPLENTE: FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE FEREZ

INVITADOS:

REPRESENTANTES DE LOS SINDICATOS UGT Y CCOO

FECHA CELEBRACION PRUEBAS SELECTIVAS


MIERCOLES, 18 DE FEBRERO 2009
HORA: 9:00
LUGAR: CASA DE LA CULTURA

martes, 20 de enero de 2009

BASE DE CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO AUXILIARES AYUDA A DOMICILIO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO

BASES DE CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIARES DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO ORDINARIO Y SERVICIO AYUDA A DOMICILIO EXTRAORDINARIO)
( DEFINITIVAS APROBADAS POR DECRETO DE 19 ENERO 2009 QUE MODIFICA LAS DE 13 DE ENERO DE 2009)

Habiendo de constituirse una Bolsa de Trabajo para las categorías profesionales de Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Ordinario (Antes Auxiliar SAD) y/o Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Extraordinario (Antes Auxiliar SADE) que realizan su servicio en el término municipal de SOCOVOS realiza la convocatoria de pruebas para las futuras vinculaciones laborales, cuya selección se efectuará mediante concurso-oposición libre que se ajustará en su desarrollo y condiciones a las siguientes.
BASES:

PRIMERA.- Bolsa de Trabajo.

Es objeto de la presente convocatoria la creación de Bolsas de Trabajo de Auxiliares de Ayuda a Domicilio para las categorías profesionales de Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Ordinario (Antes Auxiliar SAD) y Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Extraordinario (Antes Auxiliar SAUD) para el Consorcio de Servicios Sociales, y los servicios se prestarán en el término municipal de SOCOVOS.

Las plazas estarán dotadas con los emolumentos establecidos para el personal del Servicio de Ayuda a Domicilio del Consorcio Provincial de Servicios Sociales, y se procederá a la contratación temporal a tiempo parcial dependiendo de las necesidades del servicio.

SEGUNDA.- Requisitos.

La concurrencia al concurso-oposición será libre y siempre que se reúnan las siguientes condiciones de capacidad:
a. Nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
b. Igualmente podrán participar quien no siendo español ni nacional de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentre en España en situación de legalidad, siendo titular de un documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
c. Haber cumplido 16 años.
d. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
e. No haber sido separado del servicio de la Administración del Estado, de la Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f. Cualesquiera otros que están previstos en el artículo 56 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público o cumplimiento de las previsiones establecidas en el artículo 57 respecto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
g. Certificado de Escolaridad.

TERCERA.- Anuncios de la convocatoria.

Una vez aprobada la presente convocatoria, se publicará en el tablón de anuncios del edificio sede del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS

CUARTA.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de selección, deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr./a Alcalde-Presidente, en la que manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, debiendo acompañar la documentación debidamente compulsada de los méritos que desee se le valoren.
Igualmente manifestaran su intención, en caso de superar el proceso, de formar parte de la lista de espera de las categorías profesionales de “Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Ordinario”, “Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Extraordinario” o de “Ambas”.

— Además, acompañarán Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 10,00, y que deberán ingresarse en la cualquiera de las siguientes cuentas municipales:
o C.C.M. ….. 2105.1250.63.1250016324
o CAJA MURCIA 2043.0321.84.0200103479
o CAJA RURAL ALBACETE 3056.0410.40.1005705429

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS, debiendo efectuarse esta presentación en la Secretaría del Ayuntamiento o en la forma prevista en el artículo 38, apartado 4, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Durante el plazo de presentación de instancias, estará expuesto al público en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS la presente convocatoria, pudiendo ser examinada y copiada por quienes lo deseen.

QUINTA.- Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS propondrá la lista o relación de aspirantes admitidos y excluidos que sera elevada al Presidente del Consorcio de Servicios Sociales, cuya relación se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de SOCOVOS con indicación del plazo que en los términos y para los supuestos establecidos en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se concede en orden a la subsanación de deficiencias.

En la misma resolución o acuerdo se determinará la composición del Tribunal calificador, la fecha, hora y lugar de comienzo de las pruebas para la provisión de la plaza vacante.

La expresada resolución se expondrá al público en el tablón de anuncios del edificio sede del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS siendo la exposición determinante del comienzo de plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

SEXTA.- Tribunal calificador.

Se integrará en los términos previstos por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. (B.O.E. nº 89, de 13 de abril de 2007). En concreto:
· Un/a Trabajador Social del Consorcio de Servicios Sociales.
· Un/a Trabajador/a Social del P.R.A.S.
· Un funcionario de Administración Local.
Entre ellos determinarán el cargo de Presidente.
- Secretario: El del Ayuntamiento o en quien delegue.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir –comunicándolo al órgano competente del Consorcio- y podrán ser recusados por los aspirantes, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal no podrá constituirse, ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, -ni sin la presencia, en todo caso, del Presidente, o persona delegada por éste, y Secretario-; y sus decisiones se adoptarán por mayoría de miembros presentes, debiendo ajustarse estrictamente su actuación a las bases de la presente convocatoria, con facultad para resolver las dudas que ofrezca su aplicación y para adoptar las resoluciones, criterios y medidas a que se refiere la base duodécima, segundo párrafo, de la presente convocatoria.

SÉPTIMA.- Fases del sistema de selección y contenido de las mismas.

El sistema o procedimiento de selección será el de concurso-oposición y consistirá en una prueba, con dos ejercicios eliminatorios que se celebrarán en una única sesión:

1. Ejercicio escrito tipo test, consistente en 10 preguntas con 3 respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, relativo a las materias que se relacionan en el anexo I.
2. Ejercicio practico sobre el servicio de ayuda a domicilio, con posterior exposición oral.

La primera prueba podrá obtener un máximo de 10 puntos y habrá de obtenerse un mínimo de cinco puntos para acceder a la segunda prueba.

En cuanto a la segunda prueba, cada uno de los miembros del Tribunal otorgará a cada uno de los aspirantes una puntuación entre 0 a 10 puntos, tras la intervención de éste; siendo la calificación de la segunda prueba el resultado de sumar las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal y dividido por el número presente de estos últimos.

Si entre la nota más alta y la más baja que cualquier miembro del tribunal de en la valoración de las pruebas existiera una diferencia de 3 o más puntos ambas se anularán.

Superada la entrevista, el Tribunal valorará los méritos de los aspirantes según baremo adjunto a las bases en el Anexo II.

OCTAVA.- Valoración de las pruebas.

Las pruebas son de carácter eliminatorio siendo necesario haber superado cada prueba, con una puntuación mínima de 5 puntos, para poder acceder a la valoración de méritos.

NOVENA.- Criterios a seguir en la celebración de la prueba.

Una vez comenzada la prueba selectiva, los anuncios se harán públicos por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado aquella y en el Tablón de Anuncios del Edificio Sede del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS

DÉCIMA.- Propuesta del tribunal calificador.

Finalizada la práctica del concurso, el Tribunal Calificador formulará, según el orden de puntuación total y definitiva de los aspirantes, la relación de aprobados.

La expresada relación se publicará por el Tribunal mediante anuncios en el Tablón de Anuncios del edificio sede del Excmo. Ayuntamiento de SOCOVOS y se elevará al órgano competente del Consorcio con las actas de las sesiones celebradas por el Tribunal.
La propuesta del Tribunal Calificador será vinculante para el Consorcio de Servicios Sociales, sin perjuicio de que ésta pueda proceder a su revisión en los supuestos, y en la forma, previstos en la normativa vigente.

Todos aquellos aspirantes que hayan superado cada prueba con un mínimo de 5 puntos, pasarán a integrar la Bolsa de Trabajo, siendo contratados éstos por orden de puntuación y de acuerdo con las vacantes o sustituciones que requiera el Servicio, y según lo establecido en las normas de funcionamiento de las Bolsas de Trabajo del Consorcio aprobadas en Junta General y publicadas en el BOP nº 152, de 30 de diciembre de 2005.

UNDÉCIMA.- Presentación de documentos y nombramiento.

Los aspirantes que conformen la lista de espera, deberán aportar ante el Consorcio de Servicios Sociales, en el momento en que sean requeridos para su contratación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la presente convocatoria.

Quiénes no presentasen la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrán formalizar la correspondiente vinculación temporal con el Consorcio, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Presentada la documentación, el órgano competente del Consorcio efectuará el documento contractual, de los aspirantes propuestos, que deberán suscribir contrato laboral en el plazo establecido en la normativa vigente.

Se establecerá un período de prueba de quince días a partir de la entrada en vigor del contrato, conforme al art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

DUODÉCIMA.- Vigencia de la lista de espera.-

La duración de la lista de espera será como máximo de 3 años o hasta que se celebren otras pruebas de selección por agotamiento de la misma o se configure lista por pública selección a raíz de Oferta de Empleo Público.

DUODÉCIMA.- Normas aplicables.

Para lo no previsto en la presente convocatoria, o en cuanto a la misma contravenga los preceptos a que más adelante se hace referencia, se aplicarán, por el orden prelativo que se expresa, las normas de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (art. 91 y 103); Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medidas para la Reforma de la Función Pública (arts. 18 y 19, aptdo. 1, en relación con el art. 1, aptdo. 3); y supletoriamente, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y de Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

El Tribunal estará facultado, durante el desarrollo del procedimiento de selección, para adoptar resoluciones, criterios y medidas con relación a aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria o en la legislación vigente.

En lo referente a la gestión de la bolsa de trabajo que se derive de este procedimiento selectivo sera de aplicación las normas aprobadas por la Junta General del Consorcio de Servicios Sociales. (BOP Nº 152, de 30 de diciembre de 2005).

DECIMOTERCERA.- Recursos.

La presente convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas por los interesados mediante recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Presidente del Consorcio de Servicios Sociales, en los términos que establece el art. 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuantos actos administrativos, en el procedimiento de selección, se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la vigente ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


ANEXO I DE LAS BASES.

I. PLANIFICACION, DESARROLLO Y SEGUIMIENTO. TECNICAS Y SOPORTES DE GESTIÓN.
II. NUTRICION, DIETETICA Y ALIMENTACION.
1.Alimentación.
2.Digestión.
3.Nutriente. Principios inmediatos.
4.Dietética.
5.La compra de alimentos.
6.Manipulación. Tratamiento y conservación de alimentos.
7.Manipulación de alimentos.
III. HIGIENE Y SEGURIDAD PERSONAL.
1.Higiene personal de la auxiliar y ambiental.
2.Tipos, productos, instrumentos y técnicas de higiene personal.
3.El aseo personal: Baño y ducha.
4.Limpieza, conservación y tratamiento de ropa y calzado.
5.La prevención de accidentes domésticos en la realización de cuidados higiénicos y aseo de la persona dependiente.
IV. LIMPIEZA Y CUIDADOS DEL HOGAR
1.La vivienda.
2.Mobiliario y complementos auxiliares para personas dependientes.
3.Técnicas de limpieza y desinfección.
4.La limpieza del hogar: Concepto, productos y habitáculos.
5.El encamado: Técnicas de movilización para su limpieza, higiene y hechura de la cama.
V. PREVENCION Y ATENCION PSICO-SOCIAL Y SANITARIA.
1.La prevención de accidentes.
2.Socorrismo básico.
3.Técnicas de enfermería básica.
4.Salud y enfermedad en la Tercera edad.
5.Cuidado y prevención de úlceras por decúbito.
6.Actuación de la Auxiliar de Ayuda a Domicilio ante déficits sensoriales.
7.Psicopatología de la vejez.
8.Enfermedades mentales.
9.Actuaciones de la Auxiliar de Ayuda a Domicilio con usuarios ALCOHOLICOS.
10.Habilidades Sociales.
VI. RECURSOS SOCIALES E INTEGRACION SOCIAL.
1.La animación sociocultural.
2.El voluntariado en el S.A.D.
3.Servicios complementarios del S.A.D.


A N E X O II DE LAS BASES

BAREMO DE MÉRITOS:

A) Experiencia profesional[1]:
Se valorará la experiencia laboral justificada con contratos o certificados de empresa, de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, hasta un máximo de 5 puntos:
a) Por cada mes de servicio en plazas de contenido similar, cuya ocupación haya tenido relación con servicio de ayuda a domicilio o atención a la tercera edad, en cualquier Administración Pública, 0,08 puntos, con un máximo de 3,5 puntos.
b) Por cada por mes de servicio en plazas de contenido similar. cuya ocupación haya tenido relación con servicio de ayuda a domicilio o atención a la tercera edad, fuera de la Administración pública, 0,05 con un máximo de 1,5 puntos.
Se valorará la experiencia en ambos supuestos cuando sean meses completos, en ningún caso, se valorarán períodos de tiempo inferiores. Podrán acumularse contratos para la suma total de meses y aplicar baremo por su total.
La justificación será la siguiente:
— Certificación de la Administración Pública correspondiente en el que se haga constar el tiempo de servicios prestados y denominación de la plaza.
— Certificado de la empresa en el que se haga constar el tiempo de servicio, determinado en meses completos y denominación del puesto de trabajo, con el sello identificativos de la empresa.
— Contratos de trabajo junto con Certificado de Empresa o Vida Laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social para justificar el tiempo de servicios prestados.
En caso de empate en la fase de concurso se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995.

b) Formación

- Se valorará de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, con un máximo de 3 puntos.
- Por estar en posesión del Título de Licenciatura o Título Superior dentro de la especialidad relacionada directamente con el contenido de la plaza correspondiente: 1 punto.
- Por estar en posesión de Otras Diplomaturas dentro de la especialidad relacionada directamente con el contenido de la plaza: 1 puntos.
- Master o Postgrado relacionados con el contenido de la plaza: 0,5 puntos.
- Cursos desde 20 a 50 horas, relacionados con el contenido de la plaza: 0,1 puntos.
- Cursos entre 51 a 100 horas, relacionados con el contenido de la plaza: 0,2 puntos.
- Cursos entre 101 hasta 150 horas relacionados con el contenido de la plaza: 0,3 puntos.
- Cursos de más de 151 horas relacionados con el contenido de la plaza: 0,4 puntos.
- En ningún caso podrán valorarse cursillos de duración inferior a 20 horas.
- La acreditación de dichos cursos deberá estar en castellano o traducida por la propia institución acreditante.
- La justificación del apartado de formación será mediante copia del título o diploma, y en caso de cursos, certificado de la realización del mismo, con indicación de la materia impartida y del número de horas de duración. En caso de haber impartido cursos como profesor, mediante certificado de la Institución Organizadora con la materia y el número de horas impartidas.
- Todos los documentos presentados para el concurso deberá ser originales o fotocopias compulsadas debidamente.
- Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada.